Cerrar un negocio nunca es una decisión fácil, pero en ocasiones es la única salida para proteger tu economía personal y empezar de nuevo. En España, el cese de actividad de autónomos funciona como el equivalente al paro para trabajadores por cuenta ajena, aunque con requisitos y trámites propios.
En esta guía te explico, paso a paso, cómo solicitar el cese de actividad en 2025, qué documentación necesitas, cuánto puedes cobrar y durante cuánto tiempo.
¿Qué es el cese de actividad?
Es la prestación económica que protege al autónomo cuando cesa su actividad de manera involuntaria. Se regula en la Ley General de la Seguridad Social y se financia a través de la cuota de autónomos que incluye la cobertura por contingencias profesionales y cese.
En la práctica, es un salvavidas para quienes tienen que cerrar un negocio por causas económicas, técnicas, productivas, fuerza mayor o pérdida de licencia.
Un cliente nos contaba: «Pensé que no tendría derecho a nada cuando cerrara. Descubrir que podía cobrar cese de actividad me dio un respiro para reorganizar mi vida».
Requisitos para solicitar el cese de actividad en 2025
- Estar dado de alta en RETA y al corriente de pago.
- Tener cubiertas las contingencias de cese de actividad.
- Acreditar causas económicas, técnicas, productivas u organizativas:
- Pérdidas superiores al 10% de los ingresos durante un año.
- Ejecuciones judiciales que impidan continuar.
- Pérdida de licencia administrativa.
- Fuerza mayor.
- Cotización mínima: 12 meses continuados previos a la solicitud.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- Compromiso de disponibilidad activa para reincorporarse al mercado laboral.
Documentación necesaria
- Modelo oficial de solicitud (SEPE o mutua colaboradora).
- DNI/NIE.
- Justificantes de cese (balances, cuentas, baja en Hacienda y Seguridad Social).
- Declaraciones de IVA/IRPF.
- Certificado de estar al corriente de pagos.
Pasos para tramitar el cese de actividad
- Dar de baja la actividad en Hacienda (Modelo 036/037).
- Dar de baja en Seguridad Social (RETA).
- Presentar la solicitud en la mutua o SEPE en un plazo máximo de 30 días desde el cese.
- Aportar toda la documentación económica que justifique la caída de ingresos o causas de cierre.
- Esperar resolución: el plazo máximo de respuesta es de 30 días.
En nuestro despacho hemos visto muchos casos que se rechazan por no aportar bien las pruebas de pérdidas. Un cliente nos decía: «Me lo denegaron la primera vez porque no presenté el libro de ingresos-gastos. Con asesoría, la segunda vez sí me lo aprobaron».
Cuánto se cobra por cese de actividad en 2025
La cuantía es del 70% de la base reguladora, calculada con la media de las bases de cotización de los últimos 12 meses.
Ejemplo práctico:
- Base media: 1.000 €.
- Prestación mensual: 700 €.
Duración:
- De 4 meses (con 12 meses cotizados).
- Hasta 24 meses (con más de 48 meses cotizados).
Compatibilidad y obligaciones mientras cobras
- No puedes realizar ninguna actividad económica.
- Debes renovar la demanda de empleo.
- Declarar ingresos si los hubiera (p.ej. alquileres).
- Devolver la prestación si incumples los requisitos.
Cese de actividad extraordinario
En situaciones de crisis o catástrofe (como ocurrió en COVID-19 o DANA), el Gobierno puede habilitar un cese extraordinario con requisitos más flexibles. En 2025, algunas comunidades mantienen ayudas complementarias para autónomos afectados por emergencias.
¿Qué prestaciones adicionales puedes tener?
- Devolución de cuotas de autónomo correspondientes al periodo de cierre.
- Acceso a formación subvencionada mientras dura la prestación.
- Compatibilidad con subsidios familiares si cumples requisitos.
Errores comunes al solicitar el cese de actividad
- No justificar bien la caída de ingresos.
- Presentar fuera de plazo.
- No haber cotizado la cobertura de cese.
- Confundirlo con ayudas extraordinarias.
Una clienta nos contaba: «Pensé que bastaba con cerrar y ya está. No sabía que tenía que presentar balances. Perdí dos meses de prestación por no hacerlo a tiempo».
Consejos prácticos
- Revisa cada año si tienes la cobertura de cese incluida en tu cuota.
- Lleva la contabilidad al día: balances y libros de ingresos son clave.
- No esperes al último momento: prepara la documentación cuando veas la caída de ingresos.
- Usa asesoría especializada para evitar errores.
Conclusión
El cese de actividad no debe verse como un fracaso, sino como un mecanismo de protección para reorganizar tu vida laboral. Tramitarlo correctamente puede darte meses de tranquilidad y recursos para planificar tu siguiente paso.
En AyudasJurídicas.es ayudamos cada semana a autónomos a cerrar su actividad de forma ordenada y a cobrar la prestación que les corresponde. Porque, como nos dijo un cliente que volvió a emprender tras cobrar el cese: «Cerrar me dio miedo, pero también me dio la oportunidad de empezar de nuevo».