La muerte de un ser querido es un momento difícil que conlleva una serie de trámites legales relacionados con la herencia. En este artículo te explicamos qué es una herencia, qué tipos de testamentos existen y qué pasos hay que seguir para aceptar o renunciar a una herencia.
¿Qué es una herencia?
La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja al fallecer y que se transmiten a sus herederos. Los herederos son las personas que tienen derecho a recibir una parte de la herencia, ya sea por voluntad del difunto (herencia testada) o por ley (herencia intestada).
La herencia se compone de tres partes:
– La legítima: es la parte de la herencia que la ley reserva para los herederos forzosos, es decir, los parientes más cercanos del difunto, como los hijos, los padres o el cónyuge. La legítima varía según la región y el orden de parentesco, pero suele ser entre un tercio y la mitad de la herencia.
– La mejora: es la parte de la herencia que el testador puede asignar libremente a uno o varios de sus herederos forzosos, para compensarlos por alguna razón. La mejora no puede superar el tercio de la herencia.
– El tercio de libre disposición: es la parte de la herencia que el testador puede dejar a quien quiera, sin tener que respetar la legítima ni la mejora. Puede ser cualquier persona, tenga o no parentesco con el difunto.
¿Qué tipos de testamentos existen?
El testamento es el documento en el que una persona expresa su voluntad sobre cómo quiere que se reparta su herencia después de su muerte. El testamento puede ser modificado o revocado en cualquier momento por el testador, mientras viva y tenga capacidad para ello.
Existen diferentes tipos de testamentos, según la forma de otorgarlos y el grado de intervención de un notario. Los más habituales son:
– El testamento abierto notarial: es el que se otorga ante un notario, que redacta el documento según las indicaciones del testador y lo guarda en su protocolo. Es el más seguro y el más recomendable, ya que el notario asesora al testador y garantiza la validez del testamento.
– El testamento cerrado notarial: es el que se otorga ante un notario, pero el testador no revela su contenido, sino que lo entrega en un sobre cerrado y sellado. El notario lo custodia y lo inscribe en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Es menos frecuente que el anterior y tiene más riesgo de extravío o deterioro.
– El testamento ológrafo: es el que se escribe de puño y letra por el testador, sin la intervención de un notario. Debe contener la fecha y la firma del testador y ser legible. Tiene la ventaja de ser más íntimo y económico, pero la desventaja de que puede perderse, destruirse o impugnarse con más facilidad. Además, debe presentarse ante un notario en los cinco años siguientes al fallecimiento del testador para que lo protocolice y lo haga válido.
¿Qué pasos hay que seguir para aceptar o renunciar a una herencia?
Cuando una persona fallece, sus herederos tienen que realizar una serie de trámites para aceptar o renunciar a la herencia. Estos son los pasos más importantes:
– Obtener el certificado de defunción: es el documento que acredita el fallecimiento de una persona y que se solicita en el Registro Civil del lugar donde ocurrió la muerte.
– Obtener el certificado de actos de última voluntad: es el documento que indica si el difunto otorgó o no testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario. Se solicita en el Ministerio de Justicia o en una oficina de registro con el certificado de defunción y el DNI del difunto.
– Obtener una copia del testamento: si el difunto dejó testamento, hay que solicitar una copia autorizada al notario que lo tiene en su protocolo, presentando el certificado de actos de última voluntad y el DNI del solicitante.
– Hacer la declaración de herederos: si el difunto no dejó testamento, hay que acudir a un notario o a un juez para que declare quiénes son los herederos legales, según el orden de parentesco establecido por la ley. Para ello, hay que presentar el certificado de defunción, el certificado de actos de última voluntad, el DNI del difunto y de los herederos, el libro de familia y los documentos que acrediten el parentesco.
– Hacer el inventario de bienes: consiste en hacer una relación de todos los bienes, derechos y obligaciones que forman parte de la herencia, con su valoración económica. Para ello, hay que recabar la información de las cuentas bancarias, los inmuebles, los vehículos, las acciones, los seguros, las deudas, etc. que tenía el difunto.
– Liquidar el impuesto de sucesiones: es el tributo que grava la transmisión de bienes por causa de muerte. Se calcula aplicando un porcentaje al valor de la herencia, que varía según la comunidad autónoma, el grado de parentesco y el patrimonio previo del heredero. Se presenta en la delegación de Hacienda correspondiente, con los documentos que acrediten la herencia y el pago del impuesto.
– Aceptar o renunciar a la herencia: los herederos pueden aceptar la herencia de forma pura y simple, aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a ella. La aceptación pura y simple implica que el heredero asume todos los bienes y deudas de la herencia, sin limitación. La aceptación a beneficio de inventario implica que el heredero solo responde de las deudas hasta el límite del valor de los bienes. La renuncia implica que el heredero renuncia a todos los derechos y obligaciones de la herencia, que pasarán al siguiente heredero en el orden de sucesión. La aceptación o renuncia se hace mediante escritura pública ante un notario o por comparecencia judicial.
– Partición y adjudicación de la herencia: consiste en dividir y repartir los bienes de la herencia entre los herederos, según la voluntad del testador o la ley. La partición se puede hacer de mutuo acuerdo entre los herederos o por intervención de un contador-partidor designado por el testador o por el juez. La adjudicación se hace mediante escritura pública ante un notario o por sentencia judicial.
Conclusión
La herencia es un tema complejo que requiere de un asesoramiento profesional para resolver todas las dudas y evitar problemas. Si necesitas ayuda con tu herencia o testamento, puedes contactar con nuestro abogado especializado que te orientará y te acompañará en todo el proceso.